DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA INHIBICIÓN propuesta por la ciudadana Dra. DORYS CRUZ LÓPEZ, actuando en su carácter de Juez Profesional adscrita a esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se inhibe de conocer de la causa N° 3Aa-3702-07, contentiva del recurso de apelación interpuesto por los abogados ALVARO CASTILLO ZEPPENFELDT y LUIS ALBERTO PRIETO, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano GUSTAVO VARGAS SCHMID, de conformidad con lo establecido en el artículo 86 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 87 ejusdem.