este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta la Sustitución de la medida de Privación de Libertad impuesta al sancionado: "OMISSIS"; por la comisión del delito de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en la modalidad de Distribución, Tipificado en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de La Colectividad; por el cumplimiento sucesivo de las medidas de Libertad asistida por el lapso de dos (02) años, Reglas de Conducta le falta por el lapso de dos (02) años, y Servicio a la Comunidad por el Lapso de un (01) mes y veintiún (21) días quedando obligado para el cumplimiento de la libertad asistida a presentarse una vez al mes por ante el personal técnico del Centro Socio educativo. En consecuencia Líbrese boleta de libertad junto con oficio a la comandancia.....