Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión contenida en la demanda que por PARTICIÓN DE COMUNIDAD presentada por los abogados MAIZA ADALGISA CEDEÑO GONZALEZ y TOMAS AUGUSTO PINEDA FRANQUIZ, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano YANIS ELCILIO CLEMANT GUERRA, quien a su vez es apoderado de la ciudadana YUSMELI NINOSKA CLEMANT GUERRA, contra los ciudadanos RONNY JOSE TRILLO SULBARAN, RENNY JOSE TRILLO SULBARAN, ROMI JOSE TRILLO SULBARAN, KELLY JOHANA TRILLO SAMPAYO y KEILLY DE LA CARIDAD TRILLO SAMPAYO, todos ampliamente identificados al inicio de esta decisión.
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Des.....