, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MORÁN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: DORIS JOSEFINA YEPEZ DE GONZALEZ y ANNER JOSE GONZALEZ MONSALV, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V- 7.461.233 y V-7.461.195, respectivamente; en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ambos en fecha 13 de Diciembre del año 1985, por ante El Registro Civil del Estado Lara Municipio Moran, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el número 159, asentado en el libro de matrimonios correspondiente al año 1985 Registro Civil del Estado Lara Municipio Moran. Durante la unión matrimonial NO procrearon Hijos. Se declara extinguida la comunidad de gananciales entre las partes, de conformidad con lo.....