Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR, la IMPUGNACIÓN DEL PODER efectuada por la apodera judicial del codemandada INCAPRO, parte demandada. Y así de declara.