En fecha 7 de agosto de 2019, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual declaró: ADMITIÓ la demanda nulidad de asiento registral y nulidad de venta interpuesta conjuntamente con medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar por la Abogada Dulce Emperatriz Calles Navas, actuando con el carácter de Apoderada Judicial del ciudadano FREDERICH RAY KOMANDER AMAYA, contra la ciudadana ANA DE JESÚS GARCÍA DE COMANDER, la ASOCIACIÓN COOPERATIVA VILLA AMANECER ME1 y el INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI). ORDENÓ la notificación mediante oficio de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica que rige su Funciones. ORDENÓ notificar mediante boleta y oficios al ciudadano FREDERICH RAY KOMANDER AMAYA., en su carácter de parte demandante y CITAR a la ciudadana ANA DE JESÚS GARCÍA DE COMANDER, a la Sociedad Mercantil ASOCIACIÓN COOPE.....