PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de Partición y Liquidación de Comunidad Ordinaria instaurada por el ciudadano Orlando Enrique Fuenmayor Sánchez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.151.102, domiciliado en la Ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia, asistido por el profesional del derecho Francisco Pirela, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 73.912, en contra de la ciudadana Cielo De Jesús Restrepo Arrieta, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.834.016, domiciliada en la Ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, dada la inepta acumulación de pretensiones por incompatibilidad de procedimientos y la no consignación del título que origina la comunidad, tal y como lo dispone de manera expresa el artículo 777 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del fallo.