Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal (MIXTO) en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley dicta (POR UNANIMIDAD) SENTENCIA ABSOLUTORIA en el presente caso, al ciudadano ABRAHAM TOVAR PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.066.912, natural de Guanare, nacido en fecha 30-05-62, hijo de Daria Parra de Tovar (v) y Eusebio Ramón Tovar (v), residenciado en la calle 6 casa N° 1 del Barrio Mango Mocho de la Población de San Rafael del estado Portuguesa, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO Y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES PREVISTOS Y SANCIONADOS EN LOS ARTÍCULO 460 Y 415 DEL CÓDIGO PENAL RESPECTIVAMENTE, perpetrado en perjuicio de la ciudadana OMAIRA PALENCIA OJEDA todo de conformidad con lo establecido en el articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.