Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la querella funcionarial de nulidad intentada por el ciudadano JOSÉ RICARDO ROMERO en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: Se mantiene firme y con todos los efectos jurídicos, el acto administrativo de fecha 03 de octubre del 2006.
TERCERO: No se condena en costas en razón del principio constitucional de igualdad de las partes ya que si el Estado no puede ser condenado mal podría condenarse a los particulares.