Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato de Venta con Reserva de Dominio, interpusiera Inversiones Globales Anca, C.A., a través de apoderado contra Ernesto Alonso Romeo de Madariaga y Carolina Mercedes Báez Isturiz, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo y en consecuencia resuelto el contrato objeto de la presente demanda, SEGUNDO: Resuelto el contrato, el vehículo objeto del mismos, queda en propiedad a la empresa demandante, quien tomó posesión del mismo desde el día 11 de Agosto de 2008, al materializarse la medida de secuestro decretada por este tribunal. TERCERO: Se condena en costas a la parte demanda, por haber sido totalmente vencida, conforme a lo establecido en el artículo 274 del Códi.....