Este Tribunal Superior Sexto Contencioso Tributario de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el Recurso Contencioso Tributario PARCIALMENTE CON LUGAR, por haberse desestimado la delación referida al vicio de ausencia del procedimiento legalmente establecido; resultando procedentes las delaciones referidas al vicio de falso supuesto y de prescripción de las obligaciones referidas al año 2002, interpuesto en fecha diez (10) de julio de dos mil ocho (2008), por los ciudadanos ALFREDO TRAVIESO PASSIOS, MOISES VALLENILLA TOLOSA, XABIER ESCALANTE ELGUEZABAL, ALVARO GARCIA CASAFRANCA, JUAN ANDRES OSORIO PEDAUGA Y LESLIE MIRANDA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. 1.733.805, 6.487.825, 10.534.928, 13.339.877, 14.202.334 y 16.524.720, respectivamente, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 4.987, 35.060, 48.460, 88.788, 93.829 y 112.887, en su carácter de apode.....