PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, y señala que el competente para conocer son los Juzgados Superiores Contenciosos Administrativos Funcionariales del Área Metropolitana de Caracas.-
SEGUNDO: Se ordena remitir las presentes actuaciones, en la oportunidad  de Ley, al Juzgado  Distribuidor Superior Contencioso Administrativo Funcionarial del área metropolitana de Caracas, a los  fines que distribuya la presente causa.-