Se constituyó el Tribunal a las puertas de un inmueble ubicado en la Avenida Bolívar, cruce con Calle Pichincha, N° 18, en la población de Guigue, Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, el cual se encuentra ubicado en un terreno que mide VEINTISIETE METROS CON CINCUENTA (27,50) de frente por CUARENTA METROS CON TRECE CENTIMETROS (40,13) de fondo,en compañía del Abogado TALAL AL JARMANI, Co-Apoderado Judicial del ciudadano NAEF AL JARMANI. Se notificó de la misión a YUNIS JARH NAYIPE MARTHA, titular de la Cédula de Identidad N° 7.219.091, a quien en su carácter de demandada, quien procedió a trasladar sus bienes. Se hizo ENTREGA MATERIAL del inmueble libre de bienes y personas a la parte actora.