Decisiones del dia 06/10/2014 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-S-2014-008473  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 06/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Las normas citadas establecen, que la solicitud de Separación de Cuerpos debe ser presentada personalmente por los cónyuges ciudadanos JOSE DE JESUS URDANETA RUEDA y ELSIE ROSA MARIA CACERES DE URDANETA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-932.717 y V-11.227.628, respectivamente, observándose que en el presente caso,  el Abogado JOSE GREGORIO ROJAS, IPSA Nº 112.393, presento la solicitud de  separación de cuerpos y bienes, como apoderado del cónyuge JOSE DE JESUS URDANETA RUEDA, por tal motivo, es por lo que este Tribunal, Niega la Admisión de la presente solicitud y así se decide. 
	Publíquese y Regístrese, la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (06) días del mes de Octubre del año 2014. Años 204°  y 155°.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Lorelis Sanchez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-S-2014-008447.  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 06/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Las normas citadas establecen, que la solicitud de Separación de Cuerpos debe ser presentada personalmente por los cónyuges ciudadanos ALEJANDRA JHONAY DE JESUS BENITEZ ROMERO y RICARDO JOSE DIEZ BOZA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.323.157 y V-11.943.968, respectivamente, observándose que en el presente caso, la Abogada MARIA SOLEDAD DIEZ BOZA, IPSA No. 102.941, presento la solicitud de separación de cuerpos y bienes, en representación del cónyuge RICARDO JOSE DIEZ BOZA, (antes identificado), con un poder, por tal motivo, es por lo que este Tribunal, Niega la Admisión de la presente solicitud y así se decide. 
	
	Publíquese y Regístrese, la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (06) días del mes de Octubre del año 2014. Años 204°  y 155°.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Lorelis Sanchez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-R-2014-001032.  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 06/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la parte actora y demandada, respectivamente, contra la decisión de fecha 16 de junio de 2014, dictada por el Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del juicio incoado por el ciudadano Luis Alexis Rosales Grisman contra la Sociedad Mercantil Corporación Blumon 27, CA., y, en forma personal contra el ciudadano Horacio López Raidi; en consecuencia se confirma  la decisión apelada.
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: William Gimenez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Septimo Superior Del Trabajo  
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-V-2013-001853  
						  
						  N° Sentencia :
							
								S-N  
						  
						  Fecha: 06/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana  de  Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara parcialmente CON LUGAR la oposición de pruebas, en la demanda  que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoara  AMPARO ALONSO ESTEVEZ, contra la ciudadana NOHEMY STELLA RAMIREZ DE ÁLVAREZ, en el expediente signado con el No. AP31-V-2013-001853, nomenclatura de este Tribunal, todos suficientemente identificados en el texto del presente fallo.
Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada de la presente Decisión en el copiador de Sentencias del Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial de.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Yeczi Pastora Faria Duran 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								007570  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 06/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Ahora bien, por lo anteriormente expuesto, infiere este Órgano Jurisdiccional que la parte actora no ejerció el recurso de apelación dentro del lapso legal antes señalado, es decir, en los tres (03) días siguientes después de haberse dictado el fallo; esto es 26, 29 y 30 de septiembre de 2014, razón por la cual resulta forzoso para esta sentenciadora declarar extemporáneo el recurso de apelación ejercido por el ciudadano RICARDO FERREIRA-CESAR, asistido por el abogado FREDDY ENRIQUE FLORES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 175.382, en fecha 01 de octubre de 2014, contra la decisión dictada por este Juzgado en fecha 25 de septiembre de 2014, que declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional. En consecuencia, este Tribunal la declara definitivamente firme, de conformidad con la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 22 de junio de 2005, en la cual eliminó, la consulta a que se contrae la norma antes mencionada. Rem.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Helen Nava de Urdaneta 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo. 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								007570  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 06/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Ahora bien, por lo anteriormente expuesto, infiere este Órgano Jurisdiccional que la parte actora no ejerció el recurso de apelación dentro del lapso legal antes señalado, es decir, en los tres (03) días siguientes después de haberse dictado el fallo; esto es 26, 29 y 30 de septiembre de 2014, razón por la cual resulta forzoso para esta sentenciadora declarar extemporáneo el recurso de apelación ejercido por el ciudadano RICARDO FERREIRA-CESAR, asistido por el abogado FREDDY ENRIQUE FLORES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 175.382, en fecha 01 de octubre de 2014, contra la decisión dictada por este Juzgado en fecha 25 de septiembre de 2014, que declaró inadmisible la presente acción de amparo constitucional. En consecuencia, este Tribunal la declara definitivamente firme, de conformidad con la sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 22 de junio de 2005, en la cual eliminó, la consulta a que se contrae la norma antes mencionada. Rem.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Helen Nava de Urdaneta 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo. 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								14-3620  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 06/10/2014  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En mérito de lo anterior este Juzgado Superior Sexto en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente querella funcionarial interpuesta por el ciudadano JOSÉ JUAN COLINA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad Nº V-5.519.167, asistido por el abogado Arnoldo Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 121.848, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO PÁEZ, en consecuencia:
1.	Se ORDENA al Instituto Autónomo de Policía Municipal Páez el pago de los sueldos dejados de percibir desde el 01 de enero de 2014 hasta la fecha en que efectivamente se reincorpore al querellante a la nómina de funcionarios del Instituto querellado y se le siga pagando íntegramente el sueldo del cargo que desempeña hasta tanto se dicte el acto administrativo de retiro, realizándose las correspondientes deducciones de Ley, de conformidad con l.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: María Elena Centeno Guzman 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Superior Sexto en lo Civil y Contencioso Administrativo.