este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, del Circuito judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: HECTOR RAMON CONTRERAS GUTIERREZ Y NELLYS JOSEFINA WUEFER ESTRADA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-7.472.425 y V-8.614.810., respectivamente, asistidos por el Abogado JOSE RAMON TOVAR inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.946 y de este domicilio, en consecuencia, se DECLARA DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 1 de MARZO del 1.980, por ante La Sala de la Alcaldía del Municipio Píritu, Distrito Zamora del Estado Falcón, Bajo el numero 11.
Publíquese. Diarícese. Regístrese y déjese copia en el copiador de Sentencia, de conformidad con lo d.....