PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por el ciudadano ROSELIANO APONTE, contra la entidad de trabajo ASOCIACIÓN DE PROMOCIÓN DE LA EDUCACIÓN POPULAR y solidariamente contra la CONFERENCIA EPISCOPAL VENEZOLANA, plenamente identificados en autos. SEGUNDO: Los conceptos y montos que deberá pagar la demandada al actor son los discriminados en el cuerpo completo del fallo, donde se incluye el pago de los intereses de mora y la corrección monetaria.