DISPOSITIVA
En merito de las anteriores consideraciones este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrado justicia y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por NULIDAD DE VENTA interpuesta por la ciudadana LORENA DEL CARMEN MARIN DE SILVA, contra YRAEL JOSE SILVA RODRIGUEZ, ISAURA FABIANA CORREIA QUEVEDO y PABLO EMILIO SANDOVAL REYES.
SEGUNDO: SE DECLARA NULO DE NULIDAD ABSOLUTA, los documentos de ventas de fechas 22 de noviembre del 2013, protocolizada por ante el Registro Público del Municipio Naguanagua del estado Carabobo, quedando inscrito bajo el número 2012.1407, asiento registral 2 del inmueble matriculado con el N° 311.7.12.1.5195 y correspondiente al libro de folio real del año 2012, constituido por un inmueble correspondiente al apartamento distinguido con el Nro. 4-2, ubicado en el cuarto piso del edificio RESIDENCIAS "MIRABELLA 1", edificado sobre u.....