V
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto el ciudadano David Sanoja Rial, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de CLARIANT VENEZUELA S.A. (antes denominada Hoechst de Venezuela S.A.), admitido por este tribunal el 05 de junio de 2006, contra el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Multa Nº GRTI-RCE-DFD-16-M-00277 del 06 de agosto de 2.001, emanada del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante la cual se determinó que la contribuyente no dio cumplimiento al Acta de Requerimiento para Declarar y Pagar Nº GRTI-RCE-DFB-16-M-00277 del 27 de julio de 2001, en la cual se le emplazó para que procediera a presentar las declaraciones omitidas y pagar el impuesto resultante de la inscripción.....