Este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictó Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva DECLARANDO INADMISIBLE la presente pretensión de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES conforme con lo establecido en el articulo 340 del Código de Procedimiento Civil