Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, imparte la correspondiente homologación a la presente transacción, por lo homologada tendrá carácter de cosa juzgada. Déjese copia certificada para el Copiador de Sentencias. Archivese el expediente. Guacara, a los seis (06) días del mes de Diciembre de 2005. Años 195° y 146°.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. SANDRA BRETT CASTILLO,
LA SECRETARIA
JEALI BENITEZ ESTRAÑO
En la misma fecha del auto anterior se procedió como fue ordenado, siendo las 10:00 a.m.
.....