Vista la conciliación celebrada entre las partes ALEXANDER SEGUNDO SUAREZ DELGADO Y HANNIMAR KARINA GONZALEZ SARMIENTO, titulares de las cedulas de identidad Nº 12.646.320 y 16.477.652, respectivamente, por ante la Fiscalia Cuarta del Ministerio Público con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente y ratificada por ante este Tribunal en esta misma fecha, sobre el establecimiento de la OBLIGACIÓN ALIMENTARIA del ciudadano ALEXANDER SEGUNDO SUAREZ DELGADO en beneficio de su hijo OMAR ALEXANDER SUAREZ GONZALEZ, de 02 años de edad, la cual ha sido fijada en la cantidad de SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 60.000,00) mensuales, el padre cancelara el 50% los gastos de vestuarios, calzados y medicinas; y por cuanto dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de la niña, el Tribunal le imparte su homologación y le da carácter de cosa juzgada, de acuerdo con los artículos 315 y 317 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así mismo se acuerda ape.....