DECISIÓN
Por la motivación precedente éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la acción incoada por la ciudadana CLARA COROMOTO GARCÍA QUINTANA, representada de abogado, identificado UT SUPRA, contra el MINISTERIO DE EDUCACION Y DEPORTES. En consecuencia, se ordena el reembolso por concepto de anticipos correspondiente a ochocientos once mil seiscientos ochenta y seis bolívares con setenta y dos céntimos (Bs. 811.686,72), por haber sido descontado arbitrariamente en el pago de sus prestaciones sociales. Igualmente se ordena al Ministerio querellado cancelar los intereses generados por la demora en el pago de las prestaciones sociales de conformidad con el articulo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde el fecha 01 de octubre de 2003 hasta la fecha del pago efectuado por concepto de prestaci.....