DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara y SIN LUGAR las cuestiones previas opuestas, y CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana ANA MARIA BAENDEL contra JORGE GRANJA SILVA ambas partes identificadas en autos.- En consecuencia de ello, se declara: Primero: Resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes en fecha 19/05/2.000.- Segundo: Se condena a la demandada a hacer entrega material, real y física del bien inmueble identificado como: Apartamento N° 191, piso 19, Torre "B" del Edificio Residencias Las Guacamayas, ubicado entre las Avenidas San Martín y José Angel Lamas, Jurisdicción de la Parroquia San Juan, Municipio Libertador del Distrito Capital ¿ Caracas, y a entregarlo a la parte actora, sin plazo alguno, totalmente desocupado, libre de .....