Este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha doce (12) de noviembre de dos mil diez (2010), dictada por el Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana NEYDA RAMÍREZ DE RODRÍGUEZ contra la sociedad mercantil LUMOVIL, C.A. TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada a pagar a la actora los conceptos y montos de acuerdo a los parámetros establecidos en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión recurrida. Se condena en costas a la parte demandada apelante de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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