Por los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor de Liderthman Del Valle Brito González, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 21.010.293, hija de Jesús António Pérez y Lideth Brito, residenciada en el sector Virgen del Valle, casa N° 6, Parroquia Bolívar del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, El Beneficio De Suspensión Condicional De La Ejecucion De La Pena, que le fuere impuesta por la comisión del delito de Ocultamiento agravado de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 31 penúltimo aparte de la ley orgánica contra el trafico ilicito y el consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas vigente para la fecha de los hechos, por el lapso de Tres,(3), años, Cuatro,(4), meses y Once,(11), días de prisión que vencerán de man.....