Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, imparte la correspondiente homologación al presente Convenimiento, por lo que homologado tendrá carácter de cosa juzgada. Déjese copia certificada para el Copiador de Sentencias. Archívese el expediente para su remisión al Archivo Judicial, una vez que se entreguen al solicitante los documentos originales solicitados.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. SANDRA BRETT CASTILLO,
LA SECRETARIA
Abg. ROSA DI COSOLA MORENO
En la misma fecha del auto anterior se procedió como fue ordenado, siendo las 9:30 a.m.
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