Con fundamento en lo antes expuesto este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, con sede en Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto el abogado Pedro Martos Salas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 94.593, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana CHIRIVELLA CARMONA GINA ISABEL, titular de la cedula de identidad Nº 13.907.781, contra el Acto Administrativo emanado del Consejo Disciplinario de la Región Central del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, en la Decisión Nº 26-2012, de fecha 20 de agosto de 2012, y declina su competencia a Las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo para que conozcan de la presente causa.
Dada, firmada y sellada, en la sala de Despacho del.....