En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional imparte la homologación solicitada en el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por las ciudadanas RITA DEL VALLE BERNOTI OBAYI Y ELMA BETTY YACOUB KARAN, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 16.724.366 y 11.816.835, respectivamente, actuando en su carácter de Gerentes de la Empresa ADMINISTRADORA YACOBER 2010 C.A; inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital bajo el N°1, Tomo 381-A Sdo, asistidas por el abogado JOSÉ RAMÓN SOLÓRZANO PERDOMO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 39.055, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 14 de fecha 23 de agosto de 2016, emanada de la Dirección de Catastro Municipal del Municipio Chacao del estado Bolivariano de Miranda, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles. Es todo.