En fecha 6 de diciembre de 2018, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante Auto de Admisión, la cual se declaro lo siguiente: 1. ADMISIBLE la presente demanda; 2. ORDENÓ notificar al SERVICIO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES ASEGURADOS O INCAUTADOS, CONFISCADOS Y DECOMISADOS, a la FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, 3. INSTÓ a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para notificar al Procurador General de la República. 4. ORDENÓ remitir a este Juzgado de Sustanciación el expediente administrativo del caso, al SERVICIO NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES ASEGURADOS O INCAUTADOS, CONFISCADOS Y DECOMISADO 5. ORDENÓ remitir el presente expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, una vez consten en autos las resultas de las notificaciones libradas. Asimismo, se dejó constancia que el documento Word no se generó por fallas en el SISTEMA JURIS 2000, el cual se realizó de.....