Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA POR LA MATERIA para conocer de la Acción Mero Declarativa de Certeza incoada por la ciudadana VALENTINA PEREZ PADRÓN venezolana, mayor de edad, soltera y titular de la cédula de identidad Nº V- 10.275.368.
En consecuencia, DECLINA el conocimiento de la misma en un Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; a los que se ordena remitir inmediatamente el expediente a los fines de su respectiva distribución, todo ello una vez haya transcurrido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil sin que la parte haya solicitado la regulación de la Competencia.
Regís.....