/ Este Tribunal Admite la acusación en su totalidad por cuanto la exposición de los imputados no esta clara en cuanto al modo de tiempo y lugar, se admiten totalmente las pruebas de la representación Fiscal y de la defensa. Se ordena la Apertura a Juicio Oral y Público por lo que se ordena la remisión de las actuaciones al Tribunal de Juicio que por distribución le corresponda. Se mantine la Medida Privativa de Libertad ya que los elementos expuestos por los imputados no son convicentes para este Tribunal.-