PRIMERO: CONDENA al ciudadano WILMER ALBERTO PALACIOS COGOLLO,  nacionalidad  venezolana,  natural  de   caracas,    nacido  04-¿7-84,  de  22 años de edad,  estado soltero, profesión y u oficio estudiante,  hijo  de   Josefa  cogollo  Rodriguez  (v) y de Luis  Palacios  (v),   residenciado  petare, barrio maca, calle la paz, titular de la  cedula de identidad  N° 17.125.677,  a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRISION, por considerarlo autor responsable de la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el articulo 357 ultimo aparte del Código Penal, por los cargos que le imputara el Estado Venezolano a través de la acusación interpuesta por el Fiscal  del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, por los hechos ocurridos en fecha 23-03-2006, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se condena al ciudadano WILMER ALBERTO PALACIOS COGOLLO, a las penas accesorias a las de Prisión es.....