Dispositiva.
Hechas las consideraciones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se declara inculpable y en consecuencia se absuelve al ciudadano: Williams Antonio Camacho Colina, venezolano, natural de puesto Cabello, Estado Carabobo, de fecha de nacimiento 02-01-1977, de 30 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.333.645, estado civil: casado, profesión u oficio: andamiero, hijo de Ramón Camacho y Isidra Colina de Camacho, residenciado en Morón, Barrio el Javillo, Calle San Francisco, Casa S/N diagonal a la Escuela El Javillo, Morón, Estado Carabobo; de la participación como Cómplice en el Delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código.....