En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PERIMIDA LA INSTANCIA, por haber transcurrido el lapso sin que la parte actora impulsara la citación de la parte demandada, establecido en el Ordinal 1º del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA, interpuesta por la ciudadana MARIA ELOISA BESIO CASTILLO, asistida de la Abogada YURUARI MARTINEZ, contra el ciudadano WILLIAMS JOSE SOLORZANO SANDOVAL, asistido de la Abogada CARMEN SAYAGO, todos identificados en el encabezamiento de la presente decisión.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme lo dispuesto en el Artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.-