D E C I S I O N
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano ROBERTO VILLASANTE ZEVALLOS contra la sentencia dictada el 30 de agosto de 2004 por la Juez de Juicio Nº 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara, mediante la cual se declaró SIN LUGAR la demanda de guarda intentada por el mencionado ciudadano contra la ciudadana AURA MARINA HERNÁNDEZ LIZARZADO, respecto a sus hijos ROBERTO ANTONIO y JAVIER ALEXANDER VILLASANTE HERNÁNDEZ. En consecuencia, la guarda de los preindicados hijos deberá seguir ejerciéndola la ciudadana AURA MARINA HERNÁNDEZ con los atributos concernientes a los cuidados, vigilancia y orientación moral y educativa de sus hijos, así como la facultad de imponerles correcciones adecuadas a su edad y desarrollo físico y mental......