Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO DUODECIMO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: LIBRAR ORDEN DE APREHENSION en contra del ciudadano ORANGEL RANGEL MARTÍNEZ O WALKELEN YORSE ZAMBRANO MARTÍNEZ, de nacionalidad Venezolano, natural de San Francisco, de profesión u oficio artesano, manifestó que nunca se ha sacado la cedula de identidad, de 19 años de edad, concubino, hijo de ORANGEL RANGEL Y MARIBEL MARTINEZ, residenciado en la Barrio Sabana Azul 2, Calle 159, avenida 64, casa N° 64-03, fecha de nacimiento 06-02-86, por la presunta comisión del delito de HURTO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal, cometido en perjuicio de LICORERIA LICOMARCA, de conformidad con lo establecido en los artículo 250 y 251 del Código Penal, en concordancia con el articulo 44 Ordinal 1°, de la Constitución de la República Bolivari.....