DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; de conformidad a los artículos 646 y 647 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acuerda:
Primero: Imponer al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, ampliamente identificados en la presente decisión, de las medidas de Reglas de Conducta, y Libertad Asistida, consistentes en: la obligación de estudiar o trabajar, para lo cual deberá consignar la respectiva constancia, prohibición de consumir sustancias estupefacientes y psicotrópicos, obligación de recibir asistencia por ante el equipo multidisciplinario adscrito a este tribunal.
Quedaron notificadas las partes. Así mismo se deja constancia de que el Fiscal V del Ministerio Público, la Defensa, el .....