´En fecha 7 de febrero de 2024, este Juzgado de Sustanciación dicto sentencia mediante el cual declaró: "...1.. ADMIT[IÓ]la presente demanda;2. ORDEN[Ó] notificar al;FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA, al PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE COLEO y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, ésta última notificación se practicará en concordancia con lo previsto en el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; 3. INSTA a la parte demandante consigne los fotostatos requeridos para practicar para notificar al Fiscal General de la República y al Procurador General de la República;4.- ORDENA solicitar el expediente administrativo de la presente causa al PRESIDENTE DE LA FEDERACIÓN VENEZOLANA DE COLEO el cual deberá ser remitido debidamente foliado y certificado,dentro de un lapso de diez (10) días de despacho siguientes contados a partir que conste en autos su notificación, según lo previsto en el artículo 79 de la Ley Orgá.....