En tal virtud, mal podría esta Sentenciadora hacer una excepción en el presente caso, ya que se crearía un caos en el funcionamiento del circuito, y en las audiencias programadas y actos fijados. Así se decide. En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Sin lugar el recurso de apelación ejercido por la parte actora contra la decisión dictada por el Juzgado 6° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 12 de febrero de 2007. Segundo: Se confirma la decisión recurrida, que declaró el desistimiento del procedimiento y terminado el proceso, en el juicio incoado por el ciudadano Naudis Javier R.....