este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia DECLARA disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos JEANNETTE CLEMENTINA ESPINOZA CALATAYUD, venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-22.751.318, antes cédula de identidad No. E-81.599.685 y JHONY GUSTAVO ESPINO BARRERA, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-22.751.316