Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este tribunal Primero de Primera Instancia con funciones de Control del Circuito Judicial Penal, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano JOSE ANGEL PORTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.688.858, natural de Santa Bárbara de Zulia, soltero, pintor, hijo de José de la Cruz Rivero y de Gladis Margarita Rivero, residenciado en el Barrio 20 de Mayo, calle 7 (antes 23 de Enero) casa N° 13- 19, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, por el delito de FUGA DE DETENIDO, previsto y sancionado en el artículo 259 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, hoy artículo 258, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con el artículo 318, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concor.....