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Decisiones del dia 07/03/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-L-2012-000357 N° Sentencia : Fecha: 07/03/2014
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
GLORIA SALAZAR VS. MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, EN ÓRGANO DEL CONSEJO MUNICIPAL DE DERECHO DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, ENTE ADSCRITO A LA ALCALDÍA.
Resumen:
Entonces, es evidente que desde el año 2000 la actora formó parte de la junta directiva como representante de la sociedad civil como lo establece la norma anterior, quedando excluida del régimen laboral establecido en el único aparte del Artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, no existiendo relación de trabajo durante ese tiempo, ya que la labor era de carácter social, impulsada por los principios constitucionales plenamente desarrollados en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA). Así establece. Sin embargo, se desprende de los folios 111 al 113, contrato de servicio suscrito por las partes, que no fueron impugnados y se les otorga valor de plena prueba, en el que se observa que a partir del 15 de marzo de 2009, el cargo desempeñado como representante de la sociedad civil, pasó a ser una prestación de servicios de carácter remunerado, lo cual si configura los elementos de una relación de trabajo.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : KP02-L-2013-000115 N° Sentencia : Fecha: 07/03/2014
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
NELLY JOSEFINA BELLO VS. IMEFAL, C.A. Y OTROS.
Resumen:
Entonces, en esta situación, el trabajador tiene el poder de decidir bajo que vía tramitar sus conflictos derivados de la relación de trabajo, bien por la Inspectoría del Trabajo o por los tribunales laborales, pero de escoger una de ellas, debe concluir el procedimiento estipulado, ya que no puede plantear la controversia por ante ambas instancias, porque pueden dictarse dos decisiones que pudieran ser contradictorias, en razón de un mismo hecho. Tampoco puede pretender el trabajador solicitar la ejecución de dicha providencia administrativa de reclamo, por ante los tribunales laborales, mediante el procedimiento ordinario, ya que violentarían las facultades otorgadas a los órganos administrativos del trabajo (Artículo 4 Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores), las cuales han sido confirmadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia Nº 428-2013, 30-04. Así las cosas, analizadas las pretensiones discutidas en el presente jui.....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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