ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano BERNARDO VELASQUEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 84.586, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos imputados JEAN MICHEL LOPEZ ORTEGA y HEIVER JOSE PEREZ GARCIA, fundamentado en el artículo 435 y 448 en concordancia con el artículo 447 ordinales 4° y 5° todos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 21 de febrero de 2008, por el Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual entre otros pronunciamientos, dictó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra de los prenombrados ciudadanos, de conformidad con el artículo 250 ordinales 1, 2, y 3, y el último aparte del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito precalificado como Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2 y 3 de l.....