DISPOSITIVA
En este estado el Tribunal de Primera Instancia Penal e Control Nº 02, del Circuito Judicial penal del Edo Lara, Sección Adolescente, carora, vistodesarrollo de la Audiencia Preliminar en los términos planteados y esgrimidas las pretensiones de las partes pasa a decidir de la siguiente manera: EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE ACUSACIÓN PENAL interpuesta por el MP donde acusa a la Adolescente RESERVADA, cINº V-XX, de 14 años de edad, 4º Grado de Instrucción, residenciada Carora edo Lara, ; por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el Artículo 277 del vigente CP, en perjuicio de la Victima Ciudadano Orlando Mascareño (Occiso), en virtud de los hechos suscitados en fecha 09-10-2008,así como todos los medios probatorios ofrecidos por la Vindicta Pública por ser útiles, necesarios y pertinentes conforme a lo estatuido en el Artículo 198 del COPP; con la modifi.....