En merito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara IMPROCEDENTE, la oposición a las pruebas en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por la ciudadana CARMEN GEORGINA TORRES FIGUEREDO, contra Mercantil Seguros C.A., todos antes identificados. En consecuencia prosígase con la admisión de las pruebas, salvo su apreciación definitiva.