ASUNTO: PP01-V-2014-000279
DEMANDANTE: JULIO JOSE VIELMA BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.721.243.
DEMANDADA: MARIA GRACIELA DIAZ QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.966.074.
MOTIVO: DESISTIMIENTO (DIVORCIO CONTENCIOSO).
En el día de hoy, Jueves 07 de Abril de 2.016, siendo la oportunidad fijada por este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y en Funciones de Ejecución del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, para la celebración de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, y llegada la hora de la misma, procedió el Alguacil adscrito a este Circuito, ciudadano RODOLFO REINA, a realizar el llamamiento de las partes interesadas en la presente demanda con motivo de DIVORCIO CONTENCIOSO, y visto la incomparecencia, de la parte actora, ciudadano JULIO JOSE VIELMA BRICEÑO, venezolan.....