PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 16/01/2017, por el  ciudadano  JOSE RAMON ROSALES DEL PINO,  venezolano, mayor  de edad y  titular de la  cédula de identidad No V.-22.354.661, asistido por la  abogada IRENE  GAMARDO inscrita  en el  Inpreabogado  bajo el No  57.945, contra la  decisión dictada en fecha  12 de enero de 2017, por  el Tribunal Décimo  Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución  de este Circuito Judicial, en el asunto signado bajo el Nº AH52-X-2015-000557. 
SEGUNDO: SE CONFIRMA la  decisión dictada  en fecha 12 de enero  de 2017, dictada por el Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución  de este  Circuito  Judicial  de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en el asunto signado bajo el Nº AH52-X-2015-000557.