En consecuencia y por todas las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA RENUNCIADO O DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto por la Abogada MAYAHIN HERNÁNDEZ, en su carácter de autos, contra la decisión dictada el 29 de mayo de 1999, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, AL NO HABERSE ACOMPAÑADO EL AUTO DEL CUAL SE APELA.
PUBLIQUESE, Y REGISTRESE.
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