Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, decide:
PRIMERO: Se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 28 de enero de 2008, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario, por los ciudadanos por los ciudadanos EMILIO PITTIER OCTAVIO e INGRID GARCÍA PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.349.345 y 6.913.714 e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 14.829 y 35.226, respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la contribuyente "TELECOMUNICACIONES BANTEL, C.A.", inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) No. J-003401684, con número de aportante INCE 911988, e inscrita en el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y del Estado Miranda, en fecha dieciocho (18.....