IV.- DISPOSITIVA.-
En merito de los razonamiento antes expuestos este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrado justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: INCOMPETENTE este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, para conocer del presente asunto, por tratarse de materia del ordinario civil y no sometido al régimen especialísimo de apelación previsto en la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en Gaceta Oficial Nº 39.153 de fecha 2 de abril de 2009; y COMPETENTE el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a quien se le asigne por distribución, en el que se declina la competencia de conocer de.....